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ACTA ACUERDO PARITARIA DOCENTE En la ciudad de Villaguay, a los 22 días del mes de Junio de dos mil once, siendo las 11:30 hs en Leandro N. Alem 427, sita en Villaguay, los representantes paritarios de la Universidad Nacional de Entre Ríos designados por Resolución “C.S.” 047/10, contador Andrés Ernesto Sabella y licenciado Hipólito Buenaventura Fink y los representantes de la Asociación Gremial de Docentes Universitarios de Entre Ríos (A.G.D.U.) licenciada Inés Patricia Riobó y el licenciado Hugo Rubén Pérez, se reúnen para tratar los temas establecidos en el orden del día y de citación a esta reunión, los que a continuación se detallan: 1) Aplicación del Decreto 1470/98 a los docentes de la U.N.E.R. y disposición de adicionales por dedicación exclusiva. 2) Cumplimiento efectivo por la U.N.E.R. de las normas tuitivas de las “Condiciones de Seguridad e Higiene” en el ámbito laboral de los docentes. 3) Creación de Comisión de Interpretación para Acuerdos Paritarios Particulares, de conformidad a lo prescripto por el artículo 14 in fine Decreto 1007/95. 4) Programa de Capacitación Docente Gratuito. Los paritarios acuerdan tratar primero los puntos 4, 2 y 3. Con respecto al punto 4) Programa de Capacitación Docente Gratuito: a) Programa de Capacitación gratuita para Docentes de las Universidades Nacionales, se acuerda la realización de la Especialización en Docencia Universitaria y la Especialización en Enseñanza de las Ciencias Experimentales y Matemática que se adjunta a la presente como Anexo único, que integra la presente. Se acuerda que a los docentes que se inscriban a las Especializaciones se procurará por parte de las autoridades el otorgamiento de franquicias o la adecuación de sus horarios para posibilitar tal capacitación. A tal efecto se destinarán los fondos de las Actas Paritarias 2008 ($50.036), 2009 ($75.054), 2010 ($94.538) y 2011 ($98.184) b) Programa de Seguridad: Con respecto a este punto las partes acuerdan: b.1) la continuidad del Curso de Formación y Actualización sobre Higiene y Seguridad y Medicina Laboral oportunamente aprobado por el Consejo Superior y dictado en el Rectorado y la Facultad de Ciencias de la Salud, restando su realización en las demás unidades académicas y la casa de la Universidad; b.2) la realización de los siguientes cursos: PREVENCIÓN DE INCENDIOS Y EVACUACIÓN DE EDIFICIOS y SEGURIDAD EN LABORATORIOS, cuyos contenidos y particularidades serán consensuados para su presentación en el plenario de la próxima reunión del Consejo Superior; b.3) afectar los fondos de las Actas Paritarias 2008 ($12.509), 2010 ($17.571,5) y 2011 ($19.350) para el dictado de los cursos mencionados en b.1) y b.2); b.4) considerando la importancia del tema, la cantidad de destinatarios de los cursos y la necesidad de producir cambios procedimentales y actitudinales, que es necesario organizarlo como actividad presencial en una jornada institucional en cada unidad académica, con suspensión de las actividades habituales, con asistencia y evaluación obligatoria de todo el personal de la Universidad, otorgándole a los participantes que hayan aprobado está la certificación correspondiente. Con respecto al punto 2) Cumplimiento efectivo por la U.N.E.R. de las normas tuitivas de las “Condiciones de Seguridad e Higiene” en el ámbito laboral de los docentes: Los paritarios de común acuerdo solicitan al Esp. en Higiene y Seguridad de la Universidad la actualización del relevamiento de infraestructura asociada a la higiene y la seguridad. Con respecto al punto 3) Creación de Comisión de Interpretación para Acuerdos Paritarios Particulares, de conformidad a lo prescripto por el artículo 14 in fine Decreto 1007/95. Los paritarios de la Universidad toman conocimiento. Con respecto al punto 1) Aplicación del Decreto 1470/98 a los docentes de la U.N.E.R. y disposición de adicionales por dedicación exclusiva. Los representantes de la Asociación Gremial de Docentes Universitarios proponen: a).- Respecto al Acuerdo Paritario Homologado por el Decreto 1470/98 referido al máximo de carga horaria, de conformidad al apartado IV del acuerdo paritario que obra en el expte. adm. N° 9030/95 y a lo referido en los considerándoos del decreto 1470/98, se acuerda que será de aplicación para futuros concursos de cargos docentes, no siendo el mencionado decreto de aplicación retroactiva. Lo acordado en el presente será de aplicación directa tanto a los cargos ordinarios como a los interinos que revistan por más de un año en la U.N.E.R.- b).- En orden a lo dispuesto en el punto que antecede, los concursos de reválida de cualquier categoría docente no sientan nuevo estado de derecho a los efectos de la aplicación del decreto 1470/98, considerándose a los concursos de reválidas ganados como una continuación en el ejercicio de derechos adquiridos. Sin perjuicio a lo antedicho, todos los docentes tienen derecho a ajustar su dedicación a la normativa vigente en materia de incompatibilidades docente no estando obligados a renunciar a sus cargos. A tales efectos, para el caso de futuros concursos ganados que incrementen la carga horaria, la Universidad Nacional de Entre Ríos deberá adecuar la sumatoria de cargos y designaciones a la máxima carga horaria docente, resguardando los derechos docentes adquiridos. c).- Cualquier modificación y/o ampliación al régimen de incompatibilidad docente homologado por el decreto N° 1470/98 será discutido en el ámbito de una reunión paritaria local, dejándose sin efecto cualquier norma que contradiga lo convenido en el presente acto, y/o menoscabe derechos adquiridos por los docentes.- Siendo las 15:00 horas, se da por terminada la reunión, girando las actuaciones al Consejo Superior, firmando los presentes de conformidad tres ejemplares de un mismo tenor y al sólo efecto. |